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SEGUROS PARA PROMOTORES Y CONSTRUCTORES DE OBRAS DE EDIFICACION

Todos los seguros que como promotor y/o constructor, necesita.

Promociones Inmobiliarias, Obras Paralizadas, Seguro Decenal sin O.C.T, Responsabilidad Civil, Accidentes de Convenio


 SEGURO DECENAL SIN O.C.T.

 RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PROMOTORES Y CONSTRUCTORES

 PROMOCIONES INMOBILIARIAS

 OBRAS PARALIZADAS

 ACCIDENTES DE CONVENIO, PARA SUS EMPLEADOS

 SOLICITAR INFORMACIÓN


SEGURO DECENAL SIN O.C.T.


LE OFRECEMOS UNA POLIZA DECENAL SIN NECESIDAD DE CONTRATAR UN ORGANISMO DE CONTROL TÉCNICO, CON EL AHORRO QUE ELLO SUPONE.


El 6 de Mayo de 2000 entró en vigor la Ley de Edificación la cual obliga a contratar un seguro que garantice los daños producidos en la edificación por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación y estructura del edificio y comprometan su resistencia y seguridad. La cobertura comienza al entregar la obra y tiene una vigencia de diez años.


El Capital Asegurado será el resultado de todos los conceptos que engloba la obra, es decir:

- Proyecto de Ejecución Material.
- Honorarios de proyecto y dirección facultativa.
- Impuestos y Licencias.
- Otros gastos necesarios para la ejecución de la obra.

Para emitir la Póliza Decenal, tan solo necesitamos la siguiente documentación:

  • Proyecto de Ejecución.
  • Estudio Geotécnico.


¿POR QUÉ NO ES NECESARIO UN O.C.T.  ?

Porque en ningún lugar de la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999 lo pide. Simplemente es un requisito que vienen obligando determinadas entidades aseguradoras. Pero no todas piensan lo mismo.


¿QUIEN CONTROLARÁ LA EJECUCIÓN DE LA OBRA?

Pues los Agentes de la Edificación enumerados en la LOE, concretamente el Director de Obra y el Director de la Ejecución de Obra, quienes tienen definidas sus obligaciones y responsabilidades en los artículos 12º y 13º de la mencionada Ley. Además, desde la entrada en vigor del Código técnico de la Edificación (CTE) Real Decreto 314/2006, quedan claramente identificadas las funciones de control de calidad de estos agentes de la edificación, según se establece en su artículo 7º y Anejo II.

El denominado Organismo de Control técnico (OCT) no es un Agente de la Edificación definido en ninguna de la legislación mencionada.




RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PROMOTORES Y CONSTRUCTORES

Nuestra póliza le garantiza la mejor cobertura defendiendo su Patrimonio a diferencia de la mayoría de las pólizas del mercado.


BASES DEL CONTRATO

Objeto del Seguro

En los términos y condiciones indicados en la póliza, el Asegurador toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los Daños y Perjuicios causados involuntaria y accidentalmente a terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en las Condiciones Particulares de la presente póliza.


EXCLUSIÓN QUE FIGURA EN LA MAYORIA DE LAS POLIZAS Y QUE NUESTRA PÓLIZA NO EXCLUYE


 

Los daños o defectos que sufran las propias obras o trabajos, así como cualquier daño de naturaleza decenal según el artículo 1591 del Código Civil, y los daños materiales ocasionados en el edificio según se regula en el artículo 17 de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación.


PROMOCIONES INMOBILIARIAS


  • Dirigido a promotores inmobiliarios de viviendas, locales y oficinas vacías, pendientes de venta y con la licencia de primera ocupación solicitada.
  • Se puede incluir dentro de cada una de las viviendas el mobiliario y equipamiento de origen dentro del epígrafe contenido comunal.
  • Permite la inclusión en la misma póliza de viviendas, locales, edificios situados en distintas situaciones de riesgo.
  • Póliza abierta con declaración mensual y regularización trimestral.

COBERTURAS

  • Básicas: Incendio, complementarios, inundación, fenómenos meteorológicos, desbarre y extracción de lodos, impactos.
  • Opcionales: Contenido básico del inmueble o viviendas aseguradas, daños por vandalismo, tanto en el continente como en el contenido, daños y desperfectos al edificio por robo y expoliación, roturas, daños por agua en zonas comunes y privadas, Responsabilidad Civil de Inmuebles.
  • Franquicias: de 500€ por vandalismo, daños por agua, roturas, robo y RC (se pueden suprimir)

CONSULTAR CUADRO DE GARANTIAS

Ejemplo

Promotor con 40 viviendas repartidas en 3 edificios  con un valor de ejecución medio de 60.000,00€.

Todas con cocina equipada con un valor medio de 3.000,00€.

CONTRATANDO TODAS LAS GARANTÍAS OPCIONALES

Capitales Asegurados:

  • Continente.:  2.400.000,00€
  • Contenido.:      120.000.00€
  • RC.:                 300.000,00€


Prima Neta Anual: 2.106,90€

Prima Neta/vivienda:   52,67€


 

OBRAS PARALIZADAS


  • Cobertura para edificaciones en las que se han interrumpido los trabajos y que por tanto el Seguro de Construcción no otorga cobertura.


COBERTURAS

  • Incendio, Rayo, Explosión, Impactos, Riesgos Extensivos con fuertes limitaciones, y en su caso una RC derivada de la titularidad de la obra.
  • Se establece una franquicia por siniestro del 1% de la S.A. Continente mín. 5.000 € / máx. 50.000 € para Inundación y Fenómenos Meteorológicos y del 1% del siniestro del 10% mín. 5.000 € / máx. 50.000 € para la RC.
  • Incluye también los daños y perjuicios derivados de:

Inundación

Fenómenos meteorológicos

Desembarre y extracción de lodos

Impactos

Gastos adicionales y otras prestaciones

  • Este riesgo no es Consorciable y no son objeto de cobertura los Riesgos Extraordinarios.

CONSULTAR CUADRO DE GARANTIAS

 Ejemplo


Promotor con una obra paralizada de 6.000.000,€. Ejecutada al 50%


Capitales Asegurados:

  • Continente: 3.000.000,00€


Prima Neta Anual: 2.304,00€



ACCIDENTES DE CONVENIO


Capitales a fecha octubre 2010


CONVENIO COLECTIVO

- NO hay personas con enfermedad grave y/o permanente, mutilaciones ó defecto físico

- NO hay personas en situación de incapacidad temporal


Número Total de Asegurados: 1

Zona: ZARAGOZA

Descripción Convenio: IND. CONSTRUCCION Y OBRAS PÚBLICAS.

Ámbito de Cobertura Accidente Profesional


GARANTÍAS / CAPITALES


- Invalidez Permanente Total por Enfermedad Profesional

27.000,00 €

- Muerte Por Enfermedad Profesional

46.000,00 €

- Gran Invalidez Por Enfermedad Profesional

46.000,00 €

- Invalidez Permanente Absoluta Por Enfermedad Profesional

46.000,00 €

- Muerte Por Accidente No Laboral

2.423,65 €

- Muerte por accidente laboral

46.000,00 €

- Invalidez Permanente Absoluta por Accidente Laboral

46.000,00 €

- Invalidez permanente total por accidente laboral

27.000,00 €

- Gran invalidez por accidente laboral

46.000,00 €

- Muerte por Enfermedad Común

2.423,65 €


Prima Total Anual por empleado  47,23€



SOLICITAR INFORMACION

Pincha en la imágen y se abrirá el Formulario de Consulta

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