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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ACTIVIDADES AGRICOLAS Y GANADERASProtege tu Patrimonio ante posibles reclamaciones de perjudicados: Aplicación de Fitosanitarios, Propiedad de edificios, Caída de la carga del tractor, Posesión de animales.... Accede a nuestra web específica para Agricultores y Ganaderos en ella encontrarás mejores ofertas y más productos Explotaciones Agrícolas Explotaciones Ganaderas Cooperativas Agrarias Comunidades de Regantes Aplicación de Productos Fitosanitarios Plaguicidas en explotaciones de terceros (obligatorio en la mayoría de las Comunidades Autónomas) Maquinaria Agrícola: Tractores / Cosechadoras COBERTURAS FUNDAMENTALES DE LA POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS
Proteja su Patrimonio y el de los suyos de los riesgos que conlleva su actividad COBERTURAS DE LA POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
* La actuación del personal al servicio del Tomador del seguro, en el desempeño de su trabajo. * La propiedad, arrendamiento o usufructo de terrenos, edificios, locales de instalaciones industriales utilizadas por el Asegurado para el ejercicio de la actividad asegurada. * La utilización de cualquier elemento, no expresamente excluido, necesario para la actividad industrial o comercial asegurada. * Tenencia de animales. * Los trabajos efectuados con maquinaria autopropulsada, cuando dicha responsabilidad no sea motivada por la infracción del Reglamento de Seguro de Responsabilidad Civil derivada del Uso y Circulación de Vehículos a Motor de Suscripción Obligatoria. * Asistencia a ferias y/o exposiciones. * Almacenaje, tratamiento, transporte de las mercancías objeto del proceso comercial o industrial. * Carga y descarga de las mercancías, quedando, en todo caso, excluidos los daños a la propia carga y los causados por ésta al vehículo porteador. * Los daños materiales causados por incendio, explosión y agua. * Por los trabajos de reparación, mantenimiento y conservación, siempre que dichos trabajos tengan la consideración de obras menores, y sean realizados por cuenta del Asegurado. * Por actos y omisiones de guardas o empleados, con ocasión del desempeño de aquellas funciones o trabajos que por razón de su empleo o cargo tengan asignadas al servicio de la explotación. * Por daños causados por la rotura de balsas de riego y/o conducciones de agua hasta el límite por predio de 60.000 euros. * La intoxicación producida por alimentos o bebidas suministrados por el Asegurado y consumidos en el establecimiento objeto del seguro. * Tratamientos químicos efectuados en la explotación asegurada con productos fitosanitarios. Se garantizan exclusivamente los daños materiales directos causados a las cosechas y animales del campo. Límite por siniestro y anualidad 60.000 euros, franquicia del 10%, mínimo 600 euros * Daños materiales causados por los animales del asegurado a los predios ajenos
* Contaminación Accidental Repentina |





